
ANTE
Esta sentencia, motivada por la
reclamación de una mujer italiana, contiene argumentos muy similares a los de
la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Valladolid,
de 14 de Noviembre de 2008, referida al caso del colegio público Macías Picavea y que está recurrida ante el Tribunal Superior de
Justicia de Castilla y León por
Así, la sentencia del TEDH indica que privilegiar
en las aulas una religión mediante la exposición de sus símbolos da a los
alumnos la sensación de que el Estado se adhiere a una creencia religiosa
determinada y que se sitúa lejos de quienes no se reconozcan en ella, además de
que los alumnos pueden sentirse educados en un entorno escolar marcado por una
religión determinada.
Señala también que el Estado debe ser neutro y respetar las convicciones de los padres en un entorno escolar abierto, favoreciendo la inclusión y no la exclusión, por lo que el aula no debe ser un teatro de actividades misioneras o de sermón. En este sentido, el Tribunal reitera que la exposición obligatoria de un símbolo de una confesión determinada en el ejercicio de la función pública, y en particular en las aulas, restringe el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones, así como el derecho de los niños a creer o no creer.
La sentencia añade que la presencia del símbolo en una escuela pública puede constituir una forma de enseñanza implícita de una religión, cuando el Estado debe abstenerse de imponer, incluso indirectamente, creencias en los lugares donde las personas son dependientes de él o en lugares en los que sean vulnerables.
El Tribunal indica que no ve cómo la exposición del crucifijo en las escuelas públicas puede servir al pluralismo educativo que es esencial para la preservación de una sociedad democrática.
Para ello, la sentencia asevera que la cruz, y más todavía el crucifijo, no pueden ser percibidos más que como símbolos religiosos, y lo contrario debería ser motivo de ofensa para la propia Iglesia Católica.
Por todo ello, ACEL pide a
Tras más de 4 años de conflicto en el
caso del colegio Macías Picavea,
Por ello, el ejecutivo castellano y leonés debe dejar de dilatar sin sentido el caso del colegio Macías Picavea, restableciendo los derechos fundamentales de las personas que se ven afectadas por la situación.
En caso contrario, si
Por otro lado, ACEL exige al Gobierno
central que no se quede pasivo y proceda de forma inmediata a hacer cumplir