Ya hay sentencia en el caso de los crucifijos expuestos en el Colegio Público Macías Picavea de Valladolid.
Información suministrada por Europa Laica
[ Fernando Pastor nos comunicó ayer que ya hay sentencia en el caso del
Colegio Público Macías Picavea de Valladolid. Tardaremos un poco
en disponer del texto completo de la misma, pero tenemos buenas razones para
pensar que se ha conseguido una pequeña victoria. En efecto, los consejos
escolares no son órganos competentes para decidir sobre derechos fundamentales
que las administraciones del Estado deben garantizar a todos y cada uno.
A la espera de una información más completa, adjuntamos lo aparecido
en la prensa ]
ABC CASTILLA Y LEÓN 3 marzo 2007
Eduación deberá decidir si puede haber crucifijos en
las aulas
F. I.
VALLADOLID. La titular del Juzgado de los Contencioso-Administrativo número
1 de Valladolid ha estimado en parte el recurso presentado por la Asociación
Cultural Escuela Laica (ACEL) sobre la presencia de símbolos religiosos
en el colegio público Macías Picavea y la necesidad de que sea
la Consejería de Educación la competente en esta materia. Según
la juez, debe se la Administración educativa la que resuelva la petición
de los símbolos religiosos realizada por ACEL y no el consejo escolar
del colegio Macías Picavea como consta en una resolución de 14
de diciembre de 2005 de la Dirección Provincial de Educación de
Valladolid en la que se notificaba que era el consejo escolar del mencionado
centro el competente para considerar la petición de ACEL, y que finalmente
fue rechazada por dicho consejo escolar.
La sentencia apunta a que, independientemente de las competencias de los consejos escolares, «también lo es que ello no excluye el ejercicio de la Administración educativa de las competencias que le son propias en cada uno de estos ámbitos y en este sentido es innegable el papel homologador e inspector de los poderes públicos, y en concreto por lo que al presente supuesto se refiere de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en garantía del cumplimiento de las leyes y garantía del derecho a la educación».
Sin valoración
Por ello, el fallo declara «la nulidad de la resolución impugnada
y la retroactividad del procedimiento para que por parte de la Junta de Castilla
y León -Administración educativa- se de respuesta, en cuanto al
fondo, a la solicitud presentada por la parte actora el 12 de diciembre de 2005».
Por todo ello, el tribunal no entra en el fondo de la otra parte de la demanda,
referida a la retirada de los simbolos religiosos de colegio público
Macías Picavea a la espera de la postura que adopte, tras esta sentencia,
la Consejería de Educación una vez desestimada la competencia
al respecto de los consejos escolares.
Nada más conocerse la sentencia el portavoz de ACEL, Fernando Pastor, expresó su satisfación por el fallo judicial, «ya que se nos ha dado la razón en lo que vemos defendiendo desde hace tiempo». Para Pastor volvió a reiterar que «no son los consejos escolares los competentes en esta cuestión sino la Consejería de Educación», por lo que el portavoz de ACEL hizo un llamamiento para que este departamento del Gobierno regional asuma su responsabilidad en cuanto a la retirada de los símbolos religiosos de las aulas educativas, que según este colectivo atenta contra la libertad de conciencia recogida en la Constitución Española, una cuestión que recientemente se planteó el colegio público Isabel la Católica de Valladolid, y cuya resolución sigue aún pendiente.